xmlns:og='http://ogp.me/ns#' Orientación Laboral http://alvarorienta.blogspot.com: CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN

jueves, 26 de marzo de 2015

CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN

El contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción tiene como finalidad el atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aún tratándose de la actividad normal de la empresa. Este contrato de trabajo se suele concertar para hacer frente al aumento no previsto de la actividad productiva causada por circunstancias del mercado. Por tanto, debemos entender que sólo se debe celebrar este contrato ante ciertas coyunturas transitorias que impiden que la empresa pueda afrontarlas mediante la plantilla habitual, no estando justificada la ampliación de personal. Un ejemplo sería realizar este contrato a trabajadores en el sector servicios durante la campaña de navidad por el exceso de pedidos y la acumulación de tareas.

Por convenio colectivo se podrán determinar las actividades en las que pueden contratarse trabajadores eventuales, así como fijar criterios generales relativos a la adecuada relación entre el volumen de esta modalidad contractual y la plantilla total de la empresa.

El contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción, si tiene una duración superior a cuatro semanas o se concierta a tiempo parcial, explicando las causas o circunstancias que lo justifiquen y la duración del mismo, deberá formalizarse por escrito.

Por tanto, la jornada laboral de estos contratos podrá sera tiempo completo o a tiempo parcial.

En cuanto a la duración máxima de los contratos de trabajo eventuales por circunstancias de la producción, será de seis meses dentro de un período de doce meses. En caso de que el contrato  eventual se concierte por un plazo inferior a la duración máxima establecida, podrá prorrogarse por acuerdo de las partes una sóla vez, sin que la duración total supere la duración máxima. Un ejemplo sería contratar a un trabajador durante dos meses en Navidad y cuatro meses en verano con el mismo tipo de contrato, pero nunca podrá superar entre los dos períodos, los seis meses dentro de un período de un año.

Por convenio colectivo sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior, podrá modificarse la duración máxima de estos contratos y el período dentro del cual se pueden realizar. En este caso, los convenios colectivos no podrán establecer un período de referencia que exceda de dieciocho meses ni una duración máxima del contrato que exceda de las tres cuartas partes del período de referencia legal o convencionalmente establecido ni, como máximo, doce meses.

Si la duración de estos contratos fuese inferior a siete días, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará en 36 por 100.

Los contratos de trabajo eventuales por circunstancias de la producción, se presumirán por tiempo indefinido cuando se celebren en fraude de ley:

- Por falta de forma escrita.

- Por falta de alta en la Seguridad Social si hubiera transcurrido un plazo igual o superior al período de prueba.

- Si el contrato llegara a término y el trabajador continuara realizando la prestación laboral.

A la finalización del contrato el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por año de servicio.

Abajo dejo un enlace del modelo de contrato eventual por circunstancias de la producción, común a todos los contratos temporales:


http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/temporal/Temporal.pdfhttp://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/temporal/Temporal.pdf


Como siempre, para cualquier duda o servicio, deja tu comentario más abajo.




2 comentarios:

  1. Excelente muchas gracias.
    andaba buscando el formato de contrato, ya lo habia visto en plantillas-contrato.com, pero que bueno que lo colocaste aca.

    saludos!

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